Si tu día a día no está vinculado al sector inmobiliario o de la construcción. Si no has tenido que hacer frente a un proceso de venta o alquiler de un inmueble… Es posible que no conocieras la existencia del documento de certificado energético.
Aunque parece que poco a poco va instaurándose y entendiéndose su necesidad, aún en muchas ocasiones es considerado un trámite más.
En el presente artículo vamos a explicarte de que se trata el documento, su importancia, y los cambios normativos que le han afectado últimamente.
Esperamos resolver algunas dudas y poder servirte de ayuda.
Necesitas un certificado energético si…
Si vas a vender o alquilar un inmueble de tu propiedad, vas a necesitar este documento.
Normalmente, lo que le cuentan al ciudadano de a pie, es que ha de tener dicho documento listo en el momento de la firma del contrato de alquiler o compraventa. Pero la realidad es que ha de tenerlo desde el momento que decide publicar un anuncio de venta o alquiler. En realidad siempre ha sido así. Aunque la última actualización de la normativa que lo regula, ha endurecido bastante este punto.
“Toda persona física o jurídica que publique o permita la publicación de información sobre la venta o alquiler de un edificio o de parte del mismo, ya sea en agencias inmobiliarias, vallas publicitarias, páginas web, portales inmobiliarios, catálogos, prensa o similares, estará obligada a incluir la información relativa a su calificación de eficiencia energética, de acuerdo con lo dispuesto en el correspondiente documento reconocido.” (Art 17 Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.)
No siempre es necesario realizar un certificado energético. ¡Puede que ya lo tengas!
Cuando nos encontramos inmersos en un procedimiento administrativo como vender un piso, en cuanto nos mencionan que necesitamos un documento, sólo pensamos “¿Dónde debo acudir para que me emitan ese documento?”
En ocasiones puede ocurrir que lo tengamos y no caigamos en ello. A continuación te enumeramos algunos de los ejemplos más comunes:
Si tu vivienda o local no tiene 10 años desde su construcción, aún te sirve el certificado energético de construcción del edificio. El Certificado energético tiene una validez de 10 años (siempre que no se haya obtenido una G).
Puede que alquilases el mismo inmueble hace 5 años, por lo que podrías utilizar el mismo certificado, siempre que no se hayan realizado reformas que afecten al consumo energético del mismo (sustitución de carpinterías exteriores, aislamientos, o sustitución de generadores de calefacción, refrigeración o agua caliente)
Puntos a tener muy en cuenta con la nueva normativa que afecta a la certificación energética:
- La visita al inmueble del técnico certificador es obligatoria. Sospechar de empresas que te ofrecen el servicio vía telefónica sin desplazamientos. De inicio están incumpliendo la Ley.
- El documento de certificado energético tiene que incluir los apartados de medidas de mejoras y coste económico de las mismas.
- El trámite estará finalizado cuando se emita la ETIQUETA por la correspondiente comunidad autónoma. En el caso de Madrid, esto ocurre 2 días después de haber registrado el documento del Certificado en la plataforma de la habilitada por la CAM.
- El certificado de eficiencia energética tendrá una validez máxima de diez años, excepto cuando la calificación energética sea G, cuya validez máxima será de cinco años. En este punto cabe tener en cuenta que si se realizan reformas de mejora que afecten a carpinterías exteriores, aislamientos en fachadas, o generadores de calefacción, aire acondicionado o agua caliente sanitaria el certificado energético va a mejorar. Habría que emitir uno nuevo en el que se reflejen dichos cambios.
- No publiques anuncios de venta o alquiler de tu inmueble hasta no tener la etiqueta del certificado energético emitida. De lo contrario puedes arriesgarte a una sanción económica.
Pasos para conseguir tu certificado energético
- Contacta con un técnico certificador de confianza. (Descartamos los que no realicen visita, ya que es imposible que certifiquen bien tu propiedad)
- El técnico concertará contigo fecha y hora para visitar tu inmueble y proceder a la toma de datos. En el caso de que existan instalaciones comunitarias que den servicio al inmueble a certificar, la visita también incluirá dichas salas. (Caldera comunitaria para calefacción o agua caliente)
- Realización de visita y toma de datos.
- Elaboración del documento de certificado energético. (Nuestro estudio ofrece la posibilidad de tener tu documento elaborado en un plazo de 24hr)
- Registro del documento en la Comunidad autónoma correspondiente. (En nuestro caso nosotros mismo realizamos el registro)
- Espera hasta la emisión de la ETIQUETA por la comunidad autónoma correspondiente. (En Madrid 2 días)